derecho urbanístico Mesas de cafetería en los soportales de un edificio.

Mesas de cafetería en los soportales de un edificio.

En el artículo de hoy , hablaremos de un tema cada vez más frecuente en la actualidad : ¿Puede poner mesas un bar o cafetería en los soportales que forman parte de la fachada de un edificio?

Como decíamos es un tema de actualidad. Desde nuestro Despacho de Abogados en Vigo. prestamos asesoría legal para estos casos.

Los soportales de un edificio constituyen un espacio comunitario y de uso público. Cualquier persona, sea o no, inquilina del edificio en cuestión puede libremente pasear o pasar por ellos.

Pero el posible conflicto puede surgir cuando bajo nuestro edificio se encuentra una cafetería y pretende instalar una pequeña terraza en este espacio que decíamos es de uso público para los transeúntes pero no para que un negocio instale mesas en él.

La comunidad de propietarios es quien se hace cargo del mantenimiento de estos espacios comprendidos en los soportales.

Dicha comunidad puede tener previsto en sus estatutos la posibilidad de que un negocio de este tipo pueda ampliar su espacio utilizando los soportales lo que significa que no haría falta una votación de la junta vecinal o puede que no lo tenga previsto.

Situaciones a tener en cuenta en la instalación de terrazas en los soportales de un edificio

En caso de que los estatutos no hubiesen contemplado esta posibilidad, la junta de vecinos sí tendrá que votar y pueden darse estas dos situaciones:

Primero, que el negocio en cuestión no compense económicamente a la Comunidad de Vecinos y por tanto se entiende que se se trata de una utilización de un bien privativo. En este caso se requiere la unanimidad en la votación.

Segundo, que el negocio alquile este espacio a la Comunidad de vecinos y en este caso se requiere el voto a favor de las 3/5 de los propietarios.

Responsabilidad de las terrazas de las cafeterías

Es muy importante tener en cuenta aspectos como: ¿qué seguro ha de tener la comunidad de vecinos para cualquier incidencia que pueda producirse en este espacio? ¿quién es el responsable si algo ocurre en él, la Comunidad o el propietario del negocio? ¿si el negocio está cerrado y se produce alguna incidencia en este espacio de quien es la responsabilidad?

Somos especialistas en Derecho Urbanístico y prestamos asistencia jurídica tanto a negocios como a particulares que puedan encontrarse en esta situación.

Esta es la normativa que debemos seguir en Galicia para estos casos

Instalación de mesas de cafetería en los soportales de un edificio de vecinos.